Cerramos un año muy convulso en lo político, con líos casi a diario, pero no menos convulso en lo judicial. Vaya por delante que toda generalización acarrea injusticia, pero es evidente que algo falla en la praxis de la arquitectura constitucional en lo que toca a la separación de poderes. Hay quien opina que la teoría de la separación de poderes de Locke (sin lo judicial) y completada con Montesquieu (legislativo, ejecutivo y judicial), está mal diseñada. La percepción del poder judicial como órgano independiente hace aguas. Puede parecer una afirmación severa, pero es por algo la incorporación del término lawfare o guerra jurídica en el debate político, ante la percepción de que se utilizan procedimientos judiciales para perseguir y desacreditar a un adversario.
La Constitución (artículo 117.1) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículo 47), entre otros, recogen la exigencia de independencia judicial, sin recibir órdenes ni instrucciones de ningún tipo que puedan influir en sus decisiones. La realidad más bien muestra tres poderes autónomos, que no independientes; y no es lo mismo. A la praxis de estos últimos meses me remito ante la imagen de un poder........