Pedro Grández: La (des)constitucionalización del Ministerio Público |
Pedro Grández. Abogado y profesor de Derecho Constitucional
Bajo el concepto de “desconstitucionalización”, la teoría constitucional contemporánea viene analizando el desmontaje de los mecanismos que suelen emplearse para proteger determinados bienes valiosos a través de la Constitución. Se trata, entre otros, de los mecanismos de control frente al uso arbitrario del poder, de las técnicas de equilibrio entre los poderes del Estado y de los controles ejercidos mediante procesos judiciales.
En algunos casos, este proceso de desconstitucionalización se orienta a centralizar el poder en el Ejecutivo frente a las demás ramas; en otros, como viene ocurriendo entre nosotros, la centralización se produce desde los poderes de la política o de la economía y se dirige a doblegar a los demás poderes jurídicos, incluidas las instituciones de la justicia.
En síntesis, los procesos de desconstitucionalización buscan desactivar el papel limitador del Derecho a través de la Constitución y de sus mecanismos de resguardo, para imponer un poder sin controles o, peor aún, manteniendo la apariencia de tales controles, condicionar sus decisiones y proyectarlos como si se tratara de extensiones del poder político y ya no de instituciones autónomas e independientes, conforme lo dispone la Constitución.
El control del Ministerio Público, como institución autónoma e independiente,........