Sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad |
En 1986, el Gobierno de Felipe González promovió la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con el objetivo principal de diseñar las líneas maestras del régimen jurídico de las Policías en su conjunto, tanto de las dependientes del Gobierno de la Nación como de las Policías Autónomas y Locales, estableciendo los principios básicos de actuación comunes a todas ellas y fijando sus criterios estatutarios fundamentales. La seguridad pública constituye una competencia difícil de parcelar, toda vez que no permite delimitaciones con el rigor y precisión admisibles en otras materias. Ello es así porque las normas ordenadoras de la seguridad pública no contemplan realidades físicas tangibles, sino eventos meramente previstos para el futuro, respecto a los cuales se ignora el momento, el lugar, la importancia y, en general, las circunstancias y condiciones de aparición. Con apoyo en el artículo 149.1.29.ª, en relación con el 104.1 de la Constitución, esta Ley Orgánica estableció que el mantenimiento de la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, correspondiendo al Gobierno de la Nación, aunque admite la participación de las demás Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales,........