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08.04.2026

Domingo de Resurrección en Zamora 2026.

No sé si este título es el idóneo, o debería poner, como se hacía antaño, A quien corresponda p. ej. (Alcalde de Zamora, Concejal de turno o Jefe de la Policía Municipal) y que ellos se den por aludidos.

El hecho por el que escribo esta nota, es que en los días 23 y 24 de Febrero de 2026 presentamos escrito en el Registro General del Ayuntamiento de Zamora (nºs: 2026 -E- RC- 3020 y 2026 –E –RC – 3093, respectivamente) una solicitud como nos habían solicitado desde la Policía Municipal de Zamora para "tirar salvas el Domingo de Resurrección en el inmueble sito en la C/ Ramón Álvarez nº 1,2º" y firmadas por el propietario de la vivienda y por mí.

Al no recibir contestación después de más de un mes pensamos que el Silencio Administrativo tenía un carácter POSITIVO y teniendo en cuenta que "la costumbre es una fuente del Derecho, constituida por la repetición constante y uniforme de actos" y que efectivamente nosotros llevamos tirando salvas desde hace más de cincuenta años, para saludar la Resurrección del Señor, como se realizan en muchos otros actos sociales, nos disponíamos a cumplir con la tradición, comprando las salvas (vainas con pólvora).

Sin embargo el Viernes Santo (3 de Abril) recibo una llamada del ENTE Policía Municipal ya que en ningún momento se identificó mi interlocutor, y me comunica que se nos prohibía tirar salvas ¡AR! No dice quién lo prohíbe ni por qué; sólo que la Policía Municipal (sic) había decidido esto a dos días del acto. El agente, muy atento y educado, no me dijo o supo decir más. Cuando le insistí, me dijo (y al propietario de la vivienda en otra llamada también) que había otra solución. "Preséntense aquí (se entiende que en la Policía Municipal) el Domingo a las 8’30 de la mañana (cuando el encuentro era a las doce". Así examinamos armas y salvas y disparan desde arriba". Sólo le faltó decir que así nos enseñaban a disparar. Espero que el argumento despectivo de "escopeteros" recogido en la prensa de hoy no saliera de su boca.

En definitiva, que no podíamos disparar desde nuestra vivienda pero sí desde el Ayuntamiento Viejo (¡Viva Montesquieu!. Todo para el Pueblo pero sin el Pueblo).

Estos son los hechos. Nuestras preguntas son:

¿Por qué no se nos contesta por escrito, han tenido más de un mes, para podernos defender y, recurrir si lo hubiéramos creído pertinente?

¿Qué razón sustituye a la consuetudo, cuna del Derecho Romano?

Y Puestos a prohibir ¿por qué no lo hacen con el botellón, las bebidas fuera de los establecimientos, los fuegos artificiales, los silbatos de las manifestaciones, la ocupación de las calles por tractores, la música estridente a deshora...?

¡Denle gusto al dedo y prohiban! ¿Viviremos mejor?

Vivamos en sociedad y seamos capaces de transigir. Utilicemos el lema que se atribuye a Voltaire (No comparto lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo).

¡No hay peor cosa que tener una vara de mando y no saberla usar!

Fernando Primo y Antonio Amigo

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