Inviable reforma (profunda) de la Constitución de 1978 |
Reunión de los ponentes de la Constitución de 1978
Aquel 6 de diciembre de 1978, a punto de cumplir los 26 años y, por tanto, con pleno derecho al voto, me abstuve en el referéndum de la Constitución de 1978 (CE78). Militante entonces de un partido a la izquierda del PCE que propugnaba esa abstención, los motivos eran evidentes: esa Constitución, producto de un acuerdo adoptado sin libertad, transparencia ni participación popular mediante un pacto de los epígonos del franquismo con las fuerzas democráticas y bajo la atenta vigilancia de los militares franquistas, consolidaba una economía liberal capitalista e implantaba una monarquía heredada de la Ley de Sucesión de 1947 del dictador Franco, con la persona del rey inviolable (artículo 56.3), y, por tanto, rechazaba la fórmula de Estado republicana.
Hoy, a 47 años de su aprobación, la gran paradoja es que los políticos que se dicen constitucionalistas son los que más han colaborado en que aquella se incumpla y los más críticos con la Carta Magna serían los más satisfechos si se cumpliera. Julio Anguita, comunista y republicano, en una conferencia, hace años, en el Casino de Murcia, concluía que, de cumplirse estrictamente el contenido del texto, sería algo «revolucionario». Empero, el articulado de nuestra Carta Magna no está exento de controversias. Y carencias. Ante la imposibilidad de detallarlas todas, en un texto que contiene 169 artículos, citaré algunas.
-Para empezar, la alusión del artículo 2 a la ‘indisoluble unidad de la Nación española’ ha contado........