Pleno ejercicio del control social

En estos días o periodo en el que estamos en modo de elecciones, todos los gobernantes (presidente, gobernadores y alcaldes), así como los presidentes, directores y gerentes de las diferentes entidades del estado a nivel nacional, departamental y municipal deberían ser ejemplo de la neutralidad política.

En ese sentido, en vez de ordenar tácitamente a los contratistas del Estado a que participen en las reuniones de sus allegados o avalados, y que además lleven un número de personas a las reuniones; deberían reiterar, no solo a los servidores públicos y particulares en ejercicio de funciones públicas permanentes o transitorias de sus entidades, las prohibiciones y restricciones para elecciones de congreso, presidente y vicepresidente de la república para el periodo Constitucional 2026-2030. Como es de su conocimiento, y también nuestro, está prohibido para todos los servidores de las diferentes instituciones públicas, conforme a la Ley 996 de 2005, el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019 artículo 23) y la Circular No. 10 del 8 de noviembre de 2025 de la Procuraduría General de la Nación (PNG), participar en acciones proselitistas o de apoyo explícito o tácito a cualquier candidato o candidata o de listas cerradas. También, deberían reiterar, el veto impuesto por las citadas disposiciones sobre el uso de los activos e imagen de las diferentes instituciones públicas para tales propósitos, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que tales comportamientos puedan acarrear conforme a la normatividad vigente.

Cabe recordar que, conforme a la mencionada circular de la Procuraduría General de la Nación, en particular lo mencionado en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, las Entidades «No podrán autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas». No olviden que todas estas restricciones están vigentes desde 31 de enero de 2026 hasta el 31 de mayo de 2026 y, de presentarse segunda vuelta, hasta el 21 de junio de 2026. De aquí la importancia del ejercicio del control social, por lo cual si observaren hechos o actos que violen estas disposiciones, comunicarlas a los organismos de control y efectuar las quejas y denuncias cuando existan pruebas de este tipo de comportamientos. Esto lo reitero, porque definitivamente están abusando con la comunidad (contratistas). Para el caso del Huila, les puede indicar los municipios del departamento, donde la orden es que cada contratista, tiene que llevar mínimo 10 personas a la reunión que se le realiza a la candidata María Lucía Villalba.

Que desgracia que, a estas alturas, ni el voto, es libre. Y así, pretendemos ser libres en otros aspectos de la vida cotidiana. Miles de años desde la Grecia antigua, o del imperio romano, y continuamos de ignorantes en el ejercicio libre de nuestro voto. Bueno, si mercadeamos el voto, con esta hambruna, que más podemos hacer. Apague y vámonos. Me reúso a ello. Aprendí que mi voto es libre.


© La Nación