Timbre

Uno de los triunfos de los feminismos mexicanos de inicio del siglo XXI ha sido, sin lugar a duda, la tipificación del delito de feminicidio, que se incorporó poco a poco en los códigos penales a lo largo de una década, expandiendo su regulación en unos estados antes que otros desde 2011 hasta 2018, cuando dicha regulación alcanzó a todo el país. La actual iniciativa de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio es fundamental porque establece que toda muerte violenta de una mujer debe investigarse primero y ante todo con perspectiva de género, designando sanciones por este delito con penas de 40 a 70 años de prisión. La ley se propone tratar todos los feminicidios cometidos en el país de acuerdo con las mismas reglas, superando disparidades entre legislaciones estatales y evitando, al menos formalmente, las corrupciones facilitadas por normativas distintas.

El 14 de abril de 2026, el Senado aprobó la reforma del artículo 73 constitucional, que hasta ese día sólo admitía leyes con validez a nivel nacional en casos de secuestro, desaparición forzada de personas, tortura, trata de personas y delitos electorales. Ahora, el artículo reformado incluye la extorsión y el feminicidio como delitos........

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