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De la Junta Nacional de Justicia

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15.06.2026

El fortalecimiento del Estado constitucional de derecho exige que quienes administran justicia y ejercen la función fiscal sean seleccionados, evaluados y controlados mediante instituciones capaces de garantizar independencia, idoneidad y responsabilidad. Bajo esa premisa, el Capítulo IX del Título IV de la Constitución  Política del Perú regula la Junta Nacional de Justicia, órgano constitucional autónomo llamado a desempeñar una función decisiva en la preservación de la calidad institucional del sistema de justicia. Más que una entidad administrativa, la Junta constituye una garantía estructural de la independencia judicial y fiscal, así como un mecanismo de protección de la confianza ciudadana en las instituciones encargadas de aplicar el derecho. La actual configuración constitucional encuentra su origen en la reforma introducida por la Ley N.º 30904, publicada en 2019, mediante la cual se sustituyó el Consejo Nacional de la Magistratura por la Junta Nacional de Justicia. Esta transformación respondió a una profunda crisis de legitimidad que afectó al sistema de nombramiento y control de magistrados en el Perú. La reforma no tuvo únicamente una finalidad organizativa; representó una apuesta por reconstruir la credibilidad........

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