Acción contencioso administrativa |
Nuestra Carta Fundamental establece que las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa. En el Estado constitucional de derecho, la Administración Pública no puede actuar al margen del control jurídico ni sustraerse al principio de legalidad. Toda actuación administrativa, aun cuando emane del ejercicio legítimo de potestades estatales, debe encontrarse sometida a la Constitución, a la ley y al control jurisdiccional. En ese contexto, la acción contencioso-administrativa constituye uno de los mecanismos más importantes para garantizar el equilibrio entre autoridad y libertad, entre poder estatal y derechos ciudadanos. La Constitución reconoce que las resoluciones administrativas que causan estado pueden ser impugnadas mediante la acción contencioso-administrativa. Esta previsión incorpora una garantía fundamental frente a posibles arbitrariedades de la Administración, permitiendo que los actos definitivos emitidos por entidades públicas sean sometidos al control del Poder Judicial. La finalidad de este proceso no es únicamente revisar la legalidad formal del acto administrativo, sino también asegurar que la actuación estatal respete los derechos........