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El domingo último, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) proclamó los resultados generales de la elección presidencial realizada el 12 de abril pasado. Según tales resultados oficiales, ningún candidato representante de cada una de las 36 organizaciones políticas participantes en dicha elección superó —como era previsible— más de la mitad del total de votos emitidos, descontando los votos viciados y en blanco. Corresponde, entonces, ir a una segunda elección, que debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la proclamación, entre los candidatos que obtuvieron las dos más altas mayorías relativas, según expresa previsión del artículo 111 de la Constitución  Política del Perú. En concreto, la segunda elección, o segunda vuelta,........

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