Vacancia presidencial
El diecisiete de febrero del año en curso, se produjo en el pleno del Congreso un conflicto de intereses al adoptar una censura contra el expresidente Jerí, cuando en realidad ya no ejercía como presidente del Congreso, sino como presidente constitucional de la República por mandato constitucional. Le han aplicado como censura su “permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso”, convalidando la vacancia, contraviniendo la norma constitucional, que a la letra glosa que solamente vacará un presidente, artículo ciento trece, inciso dos de la Constitución Política del Estado. Por supuesto, la causal se había configurado: la reunión en el chifa a altas horas de la noche, vestido con capucha; haber contratado personal femenino para que trabaje hasta altas horas de la noche en el Palacio de Gobierno; pagarle a una conocida de su propio peculio, en lugar de solicitar un personal más para que lo ayude a descongestionar la carga laboral. Estos antecedentes orientan a calificar permanente incapacidad moral. Los antecedentes por agresión sexual, que no habían practicado ninguna pericia en el bividí que le pertenecía al expresidente, sumaban una inconducta funcional que lo descalificó como tal, más aún que no hizo nada por la seguridad del país. El expresidente Jerí tenía y tiene el derecho de interponer una acción de garantía en vía de amparo, por la violación a los derechos fundamentales de la persona al aplicar la censura, en lugar de la vacancia, transgresión de las normas constitucionales. Esta situación ha traído como consecuencia que regrese el comunismo por apoyarlo al presidente actual, que no reúne el perfil de estadista. Es un ser humano de ochenta y tres años, casi senil, y no apoyaron a la congresista Alva por resentimiento, falta de empatía. Decente, honesta y, en el fondo, prefieren la ignorancia que la sabiduría y los intereses propios. La Presidencia de la República vaca por muerte del presidente de la República; por su permanente incapacidad moral y física, declarada por el Congreso, como en el caso que hemos expuesto líneas arriba; por la aceptación de su renuncia por el Congreso; por salir del territorio nacional sin autorización del Congreso y no regresar a él en el plazo fijado; y por destitución. Solamente puede ser acusado por traición a la patria, por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales y municipales, por disolver el Congreso. En la actualidad, a mes y medio de las elecciones generales, el Ministerio de Economía no ha entregado la partida económica al Jurado Nacional de Elecciones, para cubrir el presupuesto de las votaciones. Esta es una situación gravísima que pone en riesgo la estabilidad del país, donde procede la vacancia y censura de la ministra de Economía. Este es un país rico en todos los aspectos; nos falta educación, querer a nuestro país, darles a las personas el lugar que les corresponde, poseer una alta conciencia cívica, votar con la razón y elegir el mejor.
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