Necropsia, incineración y sepultura

A falta de declaración hecha en vida, corresponde al cónyuge del difunto, a sus descendientes, ascendientes o hermanos, excluyentemente y en ese orden, decidir sobre la necropsia, incineración y sepultura, sin perjuicio de las normas de orden público pertinentes.
La necropsia es un dictamen pericial anatomopatológico que tiene por finalidad establecer cuál es la causa de la muerte del occiso. Consiste en el examen del cráneo, la cavidad pectoral, abdominal y cervical, mediante el estudio de los órganos y tejidos. Se investiga si el occiso, en vida, había ingerido drogas, alcohol o sustancias que le hayan causado la muerte. Se procede a tomar sus huellas digitales, analizar la trayectoria de la bala, su calibre, si existe orificio de entrada y salida. En algunos casos, el proyectil de arma de fuego ha ingresado por el cerebro sin orificio de salida; en estos casos hay que tomar una placa radiográfica para establecer la ubicación de la bala, incluso abrir la cervical.
Algunas veces no se conoce la identidad del cadáver y tienen que intervenir los odontólogos forenses........

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