La reforma de los 8 años por maltrato animal: ¿justicia o populismo penal?

El Pleno del Congreso ha aprobado por unanimidad la modificación del Artículo 206-A (derivado de la Ley N° 30407 de Protección y Bienestar Animal). La narrativa oficial celebra un logro histórico: penas de hasta 8 años de prisión para los agresores. No obstante, un análisis técnico riguroso de la matemática penal revela las costuras de una reforma que colinda con el populismo punitivo. Anteriormente, el maltrato animal con subsecuente muerte tenía un techo de apenas 3 a 5 años de cárcel. La nueva reforma rompe el esquema tradicional introduciendo agravantes específicos de criminalidad ordinaria: Pena Base Elevada: El texto aprobado fija el tipo agravado (muerte del animal doméstico o silvestre) con un marco punitivo autónomo de 5 a 8 años de pena privativa de la libertad. Los Agravantes de Extremo Máximo: Para que un juez dicte la pena máxima de 8 años, el fiscal debe acreditar en el tercio superior la concurrencia de nuevos agravantes........

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