Se viene la fiesta de fin de año ¿Me pueden despedir por algo que hice ahí? |
La pregunta expuesta en el título del presente artículo ha sido formulada más de una vez por familiares o amigos, debido a alguna situación que presenciaron, algún procedimiento disciplinario del que escucharon, por un evento que les tocó vivir o, simplemente, porque se acerca la fiesta de fin de año de la empresa en donde trabajan y les preocupa las consecuencias de potenciales acciones, más ahora con el auge de las redes sociales y la “viralidad”.
La respuesta usual (que todo abogado laboralista ha repetido en al menos 100 oportunidades) es un “depende” y es que, cuando se trata de analizar una falta disciplinaria es prudente hablar de manera condicional más aún en los casos de despido, pues todo dependerá del caso y circunstancias concretas, no es una simple cuestión para acumular horas de asesoría sino porque creemos que el ser conservador en estos casos, debido a la diversidad de criterios judiciales, es lo más recomendable; al menos para que el empleador conozca en donde pone sus “balas”.
Sobre el tema, consideramos que no es ni remota ni ajena la posibilidad de que un trabajador “debido a su comportamiento” en un espacio como la celebración de fin de año del centro de trabajo, pueda ser objeto de un procedimiento disciplinario y es que en la vida y en la práctica laboral “se han visto casos y cosas”, lamentablemente siempre ingratas.
Y es que al parecer a veces los trabajadores se olvidan del entorno, de la compañía y de lo que ponen en riesgo, y más frecuentemente cuando hay ingesta de alcohol de por medio, se comportan “como en su casa” pero debemos romper su ilusión: el centro de trabajo -aunque suene........