Competencia originaria del TC en acciones contra resoluciones judiciales, JNJ y JNE
Donde hay poder debe haber control y una sujeción integral a la Constitución por todos los órganos del Estado. Por eso se sostiene que en un Estado constitucional no existen zonas exentas de control, y un efecto práctico de ello es que en el sistema jurídico nacional se habilitó demandas de amparo o de hábeas corpus contra resoluciones judiciales y una redacción particular para el control de las resoluciones finales de la Junta Nacional de Justicia y el Jurado Nacional de Elecciones.
El control constitucional de una decisión judicial debe ser excepcional; sin embargo, representa uno de los ámbitos de mayor carga procesal. En las normas del proceso constitucional se establecieron límites de acceso: reducción del plazo para accionar, procedencia contra decisiones judiciales firmes y que no provengan de un proceso regular, vulneración manifiesta de un derecho fundamental, entre otros. Esta situación se presenta por diversas razones: la inobservancia de un plazo razonable para ser juzgado, el recorte del derecho de defensa, la indebida........
