#ColumnaInvitada | Hogar con patas, el nuevo derecho a vivir acompañados |
En la Ciudad de México, encontrar un lugar donde vivir no siempre depende del presupuesto, sino del tipo de vida que uno lleva. Hasta hace unos días, tener un perro, un gato o un hijo pequeño podía bastar para recibir un “no” de propietarios o inmobiliarias. Ese “no” —que se repetía con naturalidad en cada contrato o visita— no sólo excluía a familias, sino que definía una jerarquía: primero la propiedad, después las personas y sus vínculos.
Con la reforma aprobada al artículo 4 de la Ley de Vivienda de la CDMX que se aprobó en esta última semana, la ciudad reconoce que el derecho a habitar incluye también el derecho a convivir. La modificación establece que “ni las infancias ni los seres sintientes deben ser un obstáculo para el ejercicio del derecho a la vivienda”.
Es decir, ya no se podrá negar la renta o venta de un inmueble por vivir con niños o con animales de compañía. Es un cambio que puede parecer pequeño en el papel, pero que es enorme en significado: por primera vez, la ley reconoce que los vínculos afectivos y de cuidado también merecen techo.
Hasta ahora, el texto legal mencionaba condiciones como “la situación económica, el origen étnico, el género o la orientación sexual” entre los motivos prohibidos........