La Audiencia Nacional: disfuncional, centralista y antidemocrática

La presencia de la llamada Audiencia Nacional (AN) en el organigrama judicial del Estado español constituye una de las anomalías más resistentes a la plena democratización del poder judicial. Desde una perspectiva catalana, gallega o vasca, la supresión de este tribunal no es una mera cuestión de organización administrativa, sino un imperativo ético y político para quienes defendemos que la justicia, para ser democrática, debe realizarse en la proximidad de la ciudadanía y respetar el principio del juez ordinario predeterminado por la ley.

La AN nació en enero de 1977 como sucesora directa del Tribunal de Orden Público franquista (TOP). Esa mutación, realizada sin solución de continuidad, permitió que la estructura de excepción del franquismo sobreviviese en el corazón de la democracia. El artículo 152.1 de la Constitución señala que el Tribunal Superior debería ser la cúspide de la organización judicial en el ámbito territorial de Galicia, Euskadi y Catalunya (destinatarios singulares de dicho artículo vía Disposición Transitoria Segunda de la norma constitucional estatal). Sin embargo, la existencia de la AN vacía de contenido esta arquitectura, creando una vía paralela que centraliza en Madrid lo que debería ser juzgado en Catalunya, Galicia o Euskadi.

Desde la óptica de las naciones sin Estado, la AN ha operado históricamente como un tribunal excepcional. Si en el pasado fue el foro para la lucha antiterrorista —con interpretaciones........

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