Graves violaciones de derechos fundamentales de la policía contra los 600 cantantes

El acto perpetrado contra los 600 cantantes que fueron expulsados de la Sagrada Família por, según parece, sospecharse que podían cantar "Els segadors" y exhibir esteladas, fue un acto que vulneró tres derechos fundamentales. Uno, contra la libertad de expresión, que —como establece el TEDH— incluye la expresión de las opiniones placenteras para las autoridades, pero especialmente aquellas que las contradicen y que les son molestas.

En segundo lugar, el derecho a la libre circulación de las personas, ya que permanecieron encapsulados hasta que la policía lo consideró oportuno, lo que también implicó un acto degradante contra estas personas.

Desde hace tiempo, los Mossos encapsulan a determinados manifestantes, con eufemismos como, por ejemplo, decir que están "perimetrados". No se puede retener a los ciudadanos, y menos a la conveniencia de la policía, bajo sospecha injustificada y tampoco razonada.

Estas actuaciones de la policía han sido analizadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia del TEDH del 8 de febrero de 2024 Auray y otros c. Francia, en la que analiza la práctica policial de los encapsulamientos, y la declaró ilegal.

El tribunal establece que son contrarias y vulneran los artículos 2 del protocolo núm. 4 sobre el derecho de libre circulación y el artículo 11 sobre el derecho de asociación con relación al 10, de libertad de expresión, del Convenio Europeo de los Derechos Humanos.

El TEDH establece........

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