Esta semana hemos presenciado uno de los ridículos políticos más hilarantes de la historia reciente de nuestra democracia. Me refiero al teatro que han montado, sobre todo los del Partido Popular, aunque también, sus señorías de Vox, con la reforma de la ley que “sacará a los presos de ETA antes de prisión”. Los diputados del PP, haciéndose los sorprendidos, los ultrajados y engañados por el “felón” de Sánchez, como diría Casado, han puesto cara de Von der Leyen, echándose la mano al pecho para justificar ante sus votantes su absoluta ineptitud y su falta de arrestos. Han montado semejante tinglado, donde las trolas han ido en aumento cual bola de nieve rodando colina abajo, que el esperpento nos deja con la boca abierta a quienes sí conocemos el proceso que ha tenido lugar.
Desde el Partido Popular han pedido perdón a las víctimas de ETA. Han acusado al Ejecutivo de engañarles. Han dicho que no sabían lo que estaban votando. Y así, una tras otra. Han llegado incluso a plantear sus dimisiones de cartón piedra para que pareciera que estaban abochornados. Pero lo cierto es que si por algo tienen que pedir perdón a las víctimas, en mi opinión, es por el uso que de ellas se viene haciendo por políticos inmorales desde hace mucho tiempo. El Ejecutivo no “puede engañar” a sus señorías, porque los textos legislativos se preparan, se estudian, se analizan una y otra vez, existe un equipo de juristas para resolver dudas, y se trabajan en comisiones parlamentarias antes de pasar por el Pleno. No cabe decir que no sabían lo que habían votado porque llevaban meses trabajando sobre ello. Y es inadmisible tener la cara tan dura.
Por eso me parece importante dedicar unas líneas para dejar claro cuál ha sido el proceso con esta “ley” que, según el Partido Popular, pareciera estar escondida entre las alfombras del Congreso y haber sido aprobada como por arte de magia. Pero la magia necesita ser explicada.
El 22 de marzo de 2024 el Gobierno presentó ante el Congreso una iniciativa mediante procedimiento de urgencia para modificar la ley 7/2014 en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Europea 2019/884. Concretamente, la directiva señala que “los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 28 de junio de 2022. O sea: que una Directiva europea estableció que los Estados miembro intercambiasen información relativa a las condenas cumplidas en ellos, y que fueran tenidas en cuenta a efectos de cómputo de condenas.
Los trámites legislativos en España suponen que el Congreso aborde esta cuestión en una comisión parlamentaria, concretamente la de Justicia, donde hay una pequeña representación de los partidos políticos y en la que pueden trabajar, debatir y presentar enmiendas a puerta cerrada. Terminado el trabajo encomendado a esta comisión, se elabora un informe que es sometido a........© ElNacional.cat