Empecemos por donde hay que empezar, es decir, por la Constitución, que, como estoy seguro que todo el mundo o, casi todo el mundo, sabe a estas alturas del guión, no dice nada respecto de la amnistía. Dicha ausencia de mención de la amnistía ha llegado a ser interpretada como una interdicción de la misma. Si el constituyente no contempló la amnistía, las Cortes Generales carecerían de la habilitación constitucional necesaria para aprobarla.

Resulta difícil de entender cómo se ha podido llegar a una conclusión tan sumamente disparatada, pero se ha llegado. Únicamente desde el desconocimiento de lo que ha sido la Constitución desde sus orígenes hasta nuestros días, es posible alcanzar tal conclusión.

¿Por qué esta proposición de ley de amnistía no puede ser anticonstitucional?

¿Por qué esta proposición de ley de amnistía no puede ser anticonstitucional?

Empecemos por donde hay que empezar, es decir, por la Constitución, que, como estoy seguro que todo el mundo o, casi todo el mundo, sabe a estas alturas del guión, no dice nada........

© eldiario