Independencia judicial democrática |
En el desarrollo histórico de las funciones jurisdiccionales, se ha ido asumiendo que los principios que deben regir la actuación de personas juzgadoras son los de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 17, párrafo primero, señala que “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitido sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.
Se trata del derecho humano a la justicia, que la Declaración Universal de los Derechos Humanos frasea en sus artículos 8 y 10: “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.
De allí que se asuma que independencia e imparcialidad son los principales principios que deben cumplir los órganos jurisdiccionales, como........