Independencia judicial democrática
En el desarrollo histórico de las funciones jurisdiccionales, se ha ido asumiendo que los principios que deben regir la actuación de personas juzgadoras son los de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 17, párrafo primero, señala que “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitido sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.
Se trata del derecho humano a la justicia, que la Declaración Universal de los Derechos Humanos frasea en sus artículos 8 y 10: “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.
De allí que se asuma que independencia e imparcialidad son los principales principios que deben cumplir los órganos jurisdiccionales, como........





















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