Dentro de la reforma constitucional de 2014 en materia de transparencia, se encuentra un elemento fundamental que señala que las resoluciones del INAI, como organismo garante, son vinculatorias, definitivas e inatacables, y que únicamente el Consejero Jurídico del Gobierno (sic) podrá interponer un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el supuesto de que se constituya un peligro para la seguridad nacional.
Lo anterior brinda certeza jurídica de que estas resoluciones son obligatorias, que no se puede modificar el sentido de una resolución del INAI y que no es posible, salvo el supuesto de vulneración de la seguridad nacional, que los sujetos obligados acudan a otra instancia para que estas determinaciones sean modificadas. Tal diseño normativo tiene el objetivo de garantizar a plenitud........