Opinión | CAUSA JUDICIAL
Ernesto Ekaizer
José Manuel Villarejo. / FERRAN NADEU
La Sala de Apelaciones anuló la primera sentencia del caso Tándem contra el comisario José Manuel Villarejo, en activo hasta junio de 2016, y de manera sutil le señaló, en mayo pasado, a la sala cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional que procediera a revisarla atendiendo al delito de cohecho pasivo (el funcionario público que acepta, recibe o solicita un donativo o beneficio para realizar u omitir un acto violando sus obligaciones). El pasado 10 de octubre, la ponente Ángela Murillo volvió a obtener mayoría de dos contra uno en la sala y rechazó condenar por cohecho pasivo (dos delitos con penas de tres años cada uno de ellos). Pero también la magistrada Carmen Paloma, integrante del tribunal, insistió en que procedía condenar por dos delitos de cohecho pasivo.
Como ya ocurriera con la sentencia que provocó su recurso de apelación, la Fiscalía Anticorrupción ha decidido impugnar esta segunda sentencia que vuelve a excluir el cohecho pasivo. Por tanto, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional volverá a pronunciarse sobre idéntica materia una vez recibidos los recursos.
ANÁLISIS
ANÁLISIS
ANÁLISIS
Fuentes consultadas en dicho tribunal señalan que después de dar oportunidad a la sala cuarta para rectificar su primera sentencia, los magistrados de la Sala de Apelaciones darán la razón a Anticorrupción e incluirán en la sentencia dos delitos de cohecho pasivo en las operaciones Iron y Land, respectivamente. En rigor, no solo darán la razón a los fiscales del caso, porque, según se ha apuntado, en la primera sentencia la mayoría de dos magistrados -la presidenta y ponente Ángela Murillo y el magistrado Fermín Echarri- contaba con la oposición de una tercera magistrada,........