La Procuraduría General de la Nación en medida provisional tomada dentro de un proceso disciplinario que se le adelanta contra el Canciller, lo suspendió en el ejercicio de su cargo por su actuación indebida en la contratación de los pasaportes; le corresponde al Presidente de la Republica dar cumplimiento a la orden cautelar apartándolo de su cargo.

El Canciller ha dicho que tan pronto el Presidente designe su reemplazo, atenderá la orden de la Procuraduría. El Presidente se niega a hacerlo, aduciendo razones de incompetencia de la Procuraduría para tomar la medida.

Lo que sucede no es otra cosa que un ruptura institucional; la renuencia del presidente de la República en atender la orden de la Procuraduría, deja a la Institución “en jaque mate” y lo único que puede hacerse es investigar al Presidente por desatender sus funciones institucionales; lo que significaría otro proceso disciplinario que, por tratarse de un aforado el Presidente de la República, se adelantaría en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, es decir, termina el gobierno y no ha comenzado el antejuicio político, como ha sucedido con muchos otros casos en los últimos tiempos.

El Presidente respondió enfático en su cuenta de X, señalando que la real ruptura institucional consistía en que lo estuviera investigando la Fiscalía, a él y a los dirigentes de su campaña. Lo acompaña la razón en cuanto a que no le corresponde al Fiscal investigar al Presidente. Como aforado constitucional lo investiga la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y lo juzga la Corte Suprema de Justicia.

Pero si es competencia de la Fiscalía investigar a los demás funcionarios que dirigieron la campaña y al parecer, recibieron dineros que no los declararon en las cuentas de la campaña, si de paso algo incrimina al Presidente, debe compulsar copias ante la Comisión de Acusaciones que es su Juez natural para que adelante la investigación.

Pero, además, el mandatario denuncia ante la opinión pública y la comunidad internacional que quieren derrocarlo; atribuye el hecho a la Fiscalía e invita a que el pueblo salga a la calle, a la máxima movilización popular por la decencia y se exprese en contra de los supuestos designios de derrocamiento.

Francamente, pienso que todo esto se está saliendo de cauce; el Presidente, como jefe de Estado según la Constitución, debe ser el primero en crear confianza en las instituciones y no le queda bien llamar a la rebelión o a la protesta, como mecanismo de conjura, de un eventual golpe de estado, que nadie está dando. Su deber es defender las instituciones y no crear un caos institucional.

Un alboroto público puede conducir a la violencia y al desconocimiento de las instituciones. Estamos pasando de una ruptura institucional frente a la Procuraduría, a una ruptura democrática frente a las instituciones del Estado de Derecho. Serenidad y prudencia deben acompañar el arte de gobernar a los pueblos y la agitación no es un buen ejemplo de ello.

QOSHE - Ruptura institucional o democrática - Jaime A. Arrubla
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Ruptura institucional o democrática

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08.02.2024

La Procuraduría General de la Nación en medida provisional tomada dentro de un proceso disciplinario que se le adelanta contra el Canciller, lo suspendió en el ejercicio de su cargo por su actuación indebida en la contratación de los pasaportes; le corresponde al Presidente de la Republica dar cumplimiento a la orden cautelar apartándolo de su cargo.

El Canciller ha dicho que tan pronto el Presidente designe su reemplazo, atenderá la orden de la Procuraduría. El Presidente se niega a hacerlo, aduciendo razones de incompetencia de la Procuraduría para tomar la medida.

Lo que sucede no es otra cosa que un ruptura institucional; la renuencia del presidente de la República en atender la orden de la Procuraduría, deja a la Institución “en........

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