La cláusula de escape
Pues bien, el pasado 9 de junio, el Consejo Nacional de Política fiscal (CONFIS) le aprobó al Ministro de Hacienda Ávila Plazas, apelar a esta Cláusula para esquivar el cumplimiento de la Regla fiscal, que ya se había incumplido el año anterior, excediendo sus límites y parámetros, utilizando el ardid de las llamadas “transacciones de única vez” (TUV), por valor 1.9% del PIB, subterfugio este que, según la Ley 2155 de 2021, permite descontarla, es decir no computarla “en el cálculo del balance primario neto estructural del Gobierno central”.
Así se puso en pausa el cumplimiento de la Regla fiscal por el término de tres vigencias consecutivas, empezando por el 2025. El CONFIS se limitó a decir, en un lacónico comunicado de prensa, que “los efectos contractivos de la Cláusula de escape serían menores que los obtenidos en un escenario de ajuste fiscal consistente con las metas actuales de la Regla fiscal”. Dicho de otra manera, a juicio del CONFIS eludir el cumplimiento de la Regla fiscal es el mal menor.
El Ministro de Hacienda se justificó alegando que “no se puede paralizar al Estado debido a la falta de recursos”, subrayando la urgencia de ajustar las finanzas del país. En sus declaraciones, observó que “la religión que nos colocaron de la Regla fiscal, según la cual no es posible llegar sino hasta ciertos límites, seguramente no vamos a llegar a los límites establecidos por la Regla........





















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