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Los límites de la exégesis constitucional

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10.01.2026

Exégesis es un vocablo de origen griego que es equivalente a explicar desde afuera de la materia u objeto. En sus orígenes la palabra estaba vinculada al comercio y refería a la persona que traducía de un lenguaje (sistema o código) a otro en el acto de mercantil o tráfico de mercancias.

El objetivo o fin de la interpretación es comprender el significado de algo, principalmente un texto o lenguaje. Al interpretar se debe penetrar lo más recóndito y dificultoso de una materia, exponiendo el significado de algo que puede ser entendido de diferentes maneras o modos.

El obstáculo estriba en que el acto de discernir algo puede ser muy amplio o basto. De tal manera que el entendimiento profundo de un texto puede implicar el desmenuzamiento de todas sus partes constitutivas y la reconstrucción de la relación o vínculo entre ellas.

La explicación posterior puede ser profunda, pero tiene límites. Especialmente en el caso de un texto. Hay linderos que aclaran donde termina el enunciado que no pueden o no deben ser superados. En caso contrario se violenta un precepto o se elimina la válidez de algo.

Es decir, el acto de interpretación de un texto tiene confines. Como se trata de desentrañar el significado, o explicar el sentido de algo, no se puede ir más allá del contenido de lo que se interpreta.

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© El Heraldo de México