El ‘lawfare’ en la justicia gubernamental |
Después de 17 años de proceso, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó anular el juicio penal contra el ex prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, por el caso Porvenir, bajo el argumento de que se le vulneró el Debido Proceso (arts. 115.I y 177.II de la Constitución). El caso Porvenir devino de hechos de violencia registrados en 2008, cuando Fernández era prefecto de Pando. Entonces, se registraron varias muertes debido a un enfrentamiento de naturaleza política entre campesinos alentados por agentes gubernamentales y con el fin de defenestrar a la autoridad departamental.
Fernández fue injustamente sentenciado a 15 años de cárcel en 2017 por el delito alucinado de homicidio, sin embargo, ahora el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) estableció que al ex prefecto le correspondía un juicio de responsabilidades y no un proceso ordinario. Por lo tanto y según el TSJ, el proceso vulnero el debido proceso, en cuanto a la garantía del juez natural. Con esta determinación judicial prevalecen los preceptos de la Ley 2445, "Juicio de Responsabilidades" contra el Presidente, Vicepresidente, Ministros de Estado y Prefectos de Departamento por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones) que si bien ya está abrogada, por mandato del art. 4 “En Cuanto al Tiempo”, del Código penal, dicha ley le era aplicable para el momento de los hechos de Porvenir y previene a los prefectos como sujetos a juicios de responsabilidades por delitos cometidos en sus funciones.
Otro acto de transgresión legal por parte de la Fiscalía, fue la aprehensión del tik toker dedicado a las finanzas y criptomonedas, Juan Carlos Villafuerte, generando una polémica respecto a........