El progresismo incomprendido

Recomiendo vivamente la lectura atenta de la Ley General de Publicidad y la de Competencia Desleal. Especialmente en lo que se refiere a la exigencia de rigor, veracidad, respeto y protección del derecho de los consumidores a recibir una información honesta y ajustada a la realidad.

Especialmente interesantes son la consideración de la publicidad ilícita y la extensa casuística de los actos de competencia desleal. Entresaco tan sólo algunos ejemplos:

"Se reputa desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe".

"Se considera desleal por engañosa a cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios".

"Cuando el empresario o profesional indique en una práctica comercial que está vinculado a un código de conducta, el incumplimiento de los compromisos asumidos en dicho código se considera desleal".

"Se considera desleal todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión con la actividad, las prestaciones o el establecimiento ajenos".

"Se considera desleal la omisión u ocultación de la información necesaria para que el destinatario adopte o pueda adoptar una decisión relativa a su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa. Es también desleal si la información que se ofrece es poco clara, ininteligible, ambigua, no se ofrece en el momento adecuado".

Es una lástima que no exista algo parecido en la comunicación política, donde no sólo está en juego la equidad en la competición comercial, sino los intereses existenciales de toda la población.

Si una campaña comercial afirmara que un producto es capaz de hacer crecer el pelo de un calvo en una semana o que el producto equivalente de la competencia produce sarna, el anunciante estaría obligado a demostrarlo o........

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