Rutas provisionales al transporte público: así se dispondrán nuevos trayectos
La iniciativa se oficializó mediante las Resoluciones Directorales N° 0009-2026-MTC/18 y N° 0010-2026-MTC/18, publicadas en el diario oficial El Peruano el pasado 13 de marzo. En dichas normas se establecen los procedimientos para modificar temporalmente el trayecto de las unidades (buses, cústers, combis) cuando exista alguna amenaza hacia los choferes y usuarios, así como implementar estándares de seguridad en determinadas zonas a lo largo de los recorridos.
“(...) atendiendo a lo dispuesto en el marco normativo citado y los problemas de inseguridad que vienen afectado el servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades y ámbitos, resulta necesaria la aprobación de los “Lineamientos Técnicos para la elaboración, implementación y ejecución del Plan de Rutas Provisionales”, señala el documento firmado por Tania Valle, directora de la Dirección General de Políticas y Regulación de Transporte Multimodal del MTC.
No obstante, mientras el Estado busca implementar mecanismos que permitan mantener el servicio de transporte activo y sin paralizaciones, surge la interrogante de si unas rutas provisionales pueden afectar en el fondo a miles de usuarios que se movilizan a diario en transporte público por trayectos ya establecidos.
Asimismo, debe quedar en claro los criterios que las entidades y los propios operadores de transporte deberán tener en cuenta para establecer rutas alternativas ante la probabilidad de hechos delictivos que pongan en serio peligro su integridad.
Detalles de esta medida
Las normas indican que la disposición del MTC es aplicable bajo una serie de principios:
Temporalidad: Las rutas provisionales tienen carácter excepcional, transitorio y condicionado a la persistencia de las condiciones que motivaron su aprobación, suspendiendo temporalmente las habilitaciones de ruta vigentes.
Flexibilidad operativa: El Plan de Rutas Provisionales permite ajustes dinámicos y graduales en función de la evolución del riesgo, los reportes de inteligencia y la evaluación continua de su efectividad.
Coordinación interinstitucional: Las acciones previstas se ejecutan bajo un esquema de corresponsabilidad entre las entidades competentes.
Proporcionalidad y razonabilidad: Las medidas adoptadas en el Plan de Rutas Provisionales deben guardar relación directa con el nivel de riesgo identificado, evitando restricciones innecesarias.
En tanto, el proceso para determinar qué trayectos serán intervenidos y diseñar las rutas provisionales se llevará a cabo en varias etapas. La primera es una fase de evaluación, en la que se identificarán rutas, paraderos, terminales o tramos con mayor exposición a la extorsión o al sicariato.
Esta etapa de identificación y delimitación de zonas de riesgo delictivo estará a cargo de la PNP en el marco de sus funciones de inteligencia y prevención del delito, para cuyo efecto, previo a la emisión del informe técnico correspondiente, puede solicitar información del Mapa Interactivo de Alertas de la Sutran y otros sistemas o mecanismos de información y alerta. Dicho requerimiento de información, debe ser atendido dentro de las 48 horas siguientes de recibida la solicitud.
Asimismo, la delimitación de zonas de riesgo se realiza considerando, de manera integrada, los siguientes criterios técnicos:
Análisis de mapas delictivos georreferenciados.
Reportes de inteligencia policial y sistemas de alerta........
