¿Una luz al final del túnel? |
Cuando un administrado presenta un trámite ante el Estado enfrenta dos escenarios. Si la entidad no responde dentro del plazo legal, rige el silencio administrativo positivo: una herramienta que lo protege, porque si la autoridad calla, se entiende que aprobó la solicitud. Pero existe también el silencio administrativo negativo, que funciona al revés: si la entidad guarda silencio, la petición se entiende denegada. Uno empodera al administrado; el otro, al Estado. Por eso, la regla es el silencio positivo, y la excepción, el negativo. El problema es que muchas entidades tienden a enamorarse de las excepciones.
Eso fue exactamente lo que ocurrió con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). El Indecopi resolvió un caso clave (resolución 0338-2025/CEB) en el que revisó procedimientos vinculados a autorizaciones para interferir vías por obras públicas o privadas y para ejecutar trabajos en áreas de uso público. Son........