¿Una luz al final del túnel?
Cuando un administrado presenta un trámite ante el Estado enfrenta dos escenarios. Si la entidad no responde dentro del plazo legal, rige el silencio administrativo positivo: una herramienta que lo protege, porque si la autoridad calla, se entiende que aprobó la solicitud. Pero existe también el silencio administrativo negativo, que funciona al revés: si la entidad guarda silencio, la petición se entiende denegada. Uno empodera al administrado; el otro, al Estado. Por eso, la regla es el silencio positivo, y la excepción, el negativo. El problema es que muchas entidades tienden a enamorarse de las excepciones.
Eso fue exactamente lo que ocurrió con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). El Indecopi resolvió un caso clave (resolución 0338-2025/CEB) en el que revisó procedimientos vinculados a autorizaciones para interferir vías por obras públicas o privadas y para ejecutar trabajos en áreas de uso público. Son........





















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