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Derecho de huelga: una buena noticia

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12.07.2026

Se define a la huelga como “una paralización colectiva y concertada del trabajo realizada por los trabajadores agrupados en una organización de defensa para lograr de los empleadores o de las autoridades la restitución de un derecho conculcado o la mejora o la creación de un derecho.” (mi libro Derecho del Trabajo colectivo, 2026, nº 161).

En muchos países, como en el nuestro, este derecho se halla reconocido por la Constitución política. La primera constitución del mundo en hacerlo fue la de México de 1917 (art. 123º-XVIII). Luego de la Segunda Guerra Mundial el reconocimiento de este derecho se generalizó a partir de las constituciones francesa de 1946 e italiana de 1948.

En el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo, se entendió de manera general desde 1959 que el derecho de huelga se halla incluido........

© El Búho