El cielo puede esperar: régimen de franquicia del IVA

El Ministerio de Hacienda ha retrasado la implantación del régimen especial de Franquicia en el Impuesto sobre el Valor Añadido, al que podrán optar en un futuro Autónomos y pymes, que no superen una facturación anual de 85.000 euros. Los contribuyentes que soliciten su aplicación de este régimen no tendrán la obligación de presentar las declaraciones-liquidaciones de IVA, ni repercutir el propio IVA ni contabilizar las operaciones en libros registros del indicado impuesto. La contrapartida claro está es que los sujetos pasivos que hayan optado no podrán deducir el IVA soportado por las compras.

La medida puede afectar a un millón de autónomos en España que estén por debajo del citado umbral de facturación, lo cual supondrá una reducción importante de los costes administrativos derivados de la........

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