LAS TUNAS, Cuba. — La muerte del adolescente Darío Leyva Acosta, ocurrida el pasado día 13 en el poblado de Maniabón, municipio de Puerto Padre, todavía cursa con importantes interrogantes jurídicas para calificar el delito y el grado de participación de los presuntos autores. Se trata de cuestiones que la investigación criminal deberá esclarecer en el debido proceso penal, a pesar de que las autoridades ya han reportado al ciudadano Marcos Isaías Diéguez Torres, de 21 años de edad y vecino del fallecido, como autor confeso del crimen.

Primero que todo, debemos decir —para beneficio de los lectores que carecen de conocimientos jurídicos— que la confesión del autor de cualquier delito no constituye prueba por sí misma, sino que todo lo expresado por un acusado —en el caso de que desee declarar— debe y tiene que ser corroborado por todas las acciones de instrucción que sean precisas: declaraciones de testigos o de víctimas; experimentos de instrucción (que permitan comprobar o negar un dicho o una circunstancia o una hipótesis); reconstrucción de los hechos —en la que necesariamente no tiene que participar el acusado—, que posibilita, entre otros factores a tener en cuenta, las posiciones de los participantes en un hecho criminal con vistas a apreciar no sólo el suceso en su conjunto, sino también la participación individual de los implicados.

En la nota en que inicialmente reportamos este suceso, dijimos que el adolescente había sido “asesinado presuntamente para robarle el teléfono celular, entre otras hipótesis”. Ciertamente, la versión del robo de un celular de aceptable calidad y prestaciones que la víctima llevaba consigo en el momento de desaparecer, pero que no estaba junto al cadáver en el momento de su hallazgo, hicieron prevalecer inicialmente el móvil del robo en los comentarios de la opinión pública y en las versiones a corroborar por la investigación criminal.

No obstante, el móvil del robo fue descartado con el surgimiento de otra versión, que las autoridades debieron comprobar (aunque no lo han reportado), cuando en manos de una tercera persona ocuparon el teléfono celular que perteneció a la víctima, que, supuestamente, había tomado imágenes lujuriosas de personas del mismo sexo entregados a placeres carnales, imágenes que luego se habría negado a eliminar.

De ajustarse esas informaciones a la realidad —lo que un peritaje de informática forense puede autenticar coadyuvando al resultado de la necropsia—, puede que, en lugar de un asesinato, estemos en presencia de un homicidio, que se produce cuando una persona mata a otra sin premeditación, como desenlace de un conflicto, intempestivamente, sin alevosía ni ninguna de las otras circunstancias que califican el delito de asesinato, que se sanciona con penas mucho más severas.

También es posible que, aunque el autor principal diga ser el único responsable, haya otras personas implicadas en este delito como cómplices, o como autores de un delito de incumplimiento del deber de denunciar, que se produce cuando alguien, sin encontrarse en las excepciones del que no está obligado a denunciar (padre, madre, hermanos, hijos, cónyuge), conoce que un delito está por producirse o ya se produjo —y más cuando es un delito contra la vida— y no acude a las autoridades competentes, ya sea para evitarlo o para su enjuiciamiento.

Salvo en hechos de connotación política en que las autoridades cuentan con todos los medios de prensa, el cine, la literatura y toda suerte de voceros para difamar y vilipendiar a su opositores, el régimen no da información sobre la criminalidad en Cuba, y cuando lo hace es con opacidad, como en el caso de la muerte de este adolescente, presuntamente, víctima de sus propios actos, al invadir la vida de otros y hacerse y poseer imágenes que no le pertenecían, desatando la acción criminal de una persona que, en lugar de acudir a las autoridades, actuó por sí mismo, cometiendo un delito más grave.

Este trágico suceso viene a confirmarnos que la sociedad cubana sufre una crisis de valores como nunca antes en su historia, y que la familia, quebrada y fragmentada por el totalitarismo castrocomunista, está urgida de componentes éticos más importantes que el escudo, la bandera y el himno nacional, porque si desde niños no respetamos lo tuyo, lo mío, lo de aquel, lo del otro, jamás tendremos patria, aunque nos creamos patriotas.

ARTÍCULO DE OPINIÓN
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las emite y no necesariamente representan la opinión de CubaNet.

Recibe la información de CubaNet en tu celular a través de WhatsApp. Envíanos un mensaje con la palabra “CUBA” al teléfono 525545038831, también puedes suscribirte a nuestro boletín electrónico dando click aquí.

QOSHE - Crimen en Las Tunas: nuevos elementos en caso de adolescente fallecido - Alberto Méndez Castelló
menu_open
Columnists . News Actual . Favourites . Archive
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close
Aa Aa Aa
- A +

Crimen en Las Tunas: nuevos elementos en caso de adolescente fallecido

8 1 28
01.12.2022

LAS TUNAS, Cuba. — La muerte del adolescente Darío Leyva Acosta, ocurrida el pasado día 13 en el poblado de Maniabón, municipio de Puerto Padre, todavía cursa con importantes interrogantes jurídicas para calificar el delito y el grado de participación de los presuntos autores. Se trata de cuestiones que la investigación criminal deberá esclarecer en el debido proceso penal, a pesar de que las autoridades ya han reportado al ciudadano Marcos Isaías Diéguez Torres, de 21 años de edad y vecino del fallecido, como autor confeso del crimen.

Primero que todo, debemos decir —para beneficio de los lectores que carecen de conocimientos jurídicos— que la confesión del autor de cualquier delito no constituye prueba por sí misma, sino que todo lo expresado por un acusado —en el caso de que desee declarar— debe y tiene que ser corroborado por todas las acciones de instrucción que sean precisas: declaraciones de testigos o de víctimas; experimentos de instrucción (que permitan comprobar o negar un dicho o una circunstancia o una hipótesis); reconstrucción de los hechos —en la que necesariamente no tiene que participar el acusado—, que posibilita, entre otros factores a tener en cuenta, las posiciones de........

© Cubanet


Get it on Google Play