
Si te pones enfermo, te echan
Asunción Servant, Secretaria de Acción Sindical de CCOO de Madrid
Los beneficios empresariales están por encima de la salud de trabajadores y trabajadoras. Esta es la conclusión de la sentencia consumada recientemente por el Tribunal Constitucional, que ampara el despido objetivo de cualquier persona que falte a su trabajo un número determinado de días, aunque las ausencias se deban a una baja médica justificada.
De esta manera, podemos encontrarnos con que cualquier persona que se ponga enferma y falte a su trabajo por una incapacidad laboral temporal durante más del 20% de días hábiles en un período de dos meses consecutivos –ocho días de cuarenta, por ejemplo-, puede ser despedida objetivamente por su empresa. Y dará igual que esas bajas estén respaldadas por un informe médico que lo justifique, porque para los miembros del Tribunal Constitucional que han dado el visto bueno a esta sentencia, la salud de los trabajadores y trabajadoras está a expensas de que las empresas puedan seguir obteniendo pingües beneficios a costa de su integridad física y mental.
Además, resulta que la abogacía del Estado, cuyas conclusiones y fundamentos se recogen en la sentencia, admite que aunque........
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