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Se ha dictado el Decreto Supremo 5521, que establece los feriados adicionales con suspensión de actividades para el año 2026, para fomentar el turismo, según dice la parte considerativa y el primer artículo del mismo. De esta manera, para el presente año, Bolivia tendrá los siguientes feriados, además del 1 y 2 de enero que ya pasaron: lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, Día del Trabajo, Corpus Christi y el día siguiente (ampliado por el decreto), Año Nuevo Andino Amazónico Chaqueño, 6 y 7 de agosto (el segundo, ampliado por el decreto), Día de Difuntos y Navidad. Trece feriados, a los que hay añadir un feriado departamental.
Antes de esta ampliación, merced a la “creatividad” masista, se tenía once feriados que, en 2025, en conmemoración al Bicentenario de Bolivia, aumentaron a 12 por la declaratoria de feriados departamentales específicos.
Remontándonos a la década de los 60 del siglo pasado, debemos recordar que los feriados con suspensión de actividades eran: Año Nuevo, lunes y martes de Carnaval, 23 del marzo (“Día del Mar”), Jueves y Viernes Santo, Día del Trabajo, Corpus Christi, 5, 6 y 7 de agosto, 12 de octubre (“Día de la Raza”), 1 y 2 de noviembre y Navidad, además de la efeméride departamental correspondiente. ¡Dieciséis días con suspensión........