Sector público: carrera funcionaria con base en el mérito versus la confianza política

La autora de esta columna analiza desde la perspectiva del funcionario público el debate en torno a la Ley de Reajuste y la norma incluida que exige un acto administrativo fundado en la desvinculación de trabajadores a contrata. Señala que «ahora deberemos esperar ver los resultados del trámite legislativo en el Congreso y un posible fallo del Tribunal Constitucional si la oposición recurre al organismo, el que podría jugar muy en contra de gran parte de los funcionarios públicos a contrata, ya que no importando los años de continuidad en el empleo, son según el Estatuto Administrativo son cargos transitorios».

Créditos imagen de portada: Sebastián Beltrán / Agencia Uno

Estos últimos días hemos podido observar cómo autoridades y políticos de gobierno y oposición rasgan vestiduras como resultado de lo consignado en el contenido del artículo 14 de la Ley de Reajuste del Sector Público, lo que ha sido denominado como un “amarre” que restringe el despido de funcionarios públicos contratados en calidad jurídica denominada como a contrata que corresponde a personas que, teniendo la calidad de funcionarios públicos, desarrollan un trabajo que la normativa legal establece como transitorio. Según lo incorporado en la Ley de Reajuste, sus despidos solo podrán efectuarse mediante un acto administrativo fundado, con hechos y fundamentos de derecho y bajo criterios objetivos y acreditables. 

Desde una perspectiva general parece adecuado y justo lo........

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