El litoral es una franja del territorio donde lo que ocurre en tierra afecta al mar y lo que se activa en el mar no es ajeno a lo que va a pasar en tierra. Es una zona fronteriza donde se manifiestan dos voluntades, la de la Comunidad Autónoma y la de la Administración General del Estado. Dos sensibilidades distintas y con diferente intensidad.
Está arraigado en nuestro texto constitucional que le corresponde a Canarias la gestión del territorio, también la ordenación del litoral porque también este es territorio. Pero es competencia de Costas asegurar la integridad física del dominio público marítimo terrestre y su libre acceso y uso público. Ya se lee en el Eclesiastés, no hay nada nuevo bajo el Sol. Ese dominio público que es el mar tiene un solo propietario, el pueblo español. Y de los intereses y defensa de ese demanio se encarga el Estado. Una invariante.
Por ello, para trazar la frontera donde se manifiestan las dos voluntades, la Administración del Estado deslinda el dominio público que en general es aquella zona hasta donde llega el mar con los máximos temporales.
Si estuviésemos en Dinamarca, una y otra voluntad se comportarían con una mirada limpia y........