Las cosas por su nombre
Siempre y universalmente se ha utilizado el término “ejecución” para referirse a la muerte programada de un ser humano a manos de sus semejantes. Se usa ese término en lugar del de “asesinato” para señalar que en estos casos la muerte se produce por orden o autorización de alguien con poder dirigente, mientras que en el asesinato esa autorización superior no existe.
Definidas así las cosas, el termino ejecución cumple todos los requisitos para aplicarse a los casos autorizados de aborto y de eutanasia que en un país pueden estar legalizados.
En efecto ¿qué es un aborto si no la muerte planificada de un ser humano en gestación a manos de semejantes suyos? Como no hay argumentos para rebatir esos apelativos, algunos pretenden justificar la situación fijando un plazo en la gestación antes del cual el asesinato está permitido. Eso en realidad equivale a postular que existe un momento mágico en que el feto se trasforma en ser humano, lo que es completamente arbitrario y sin prueba alguna que justifique el aserto.
Y si ese momento mágico existiera, ¿qué sería el feto antes de ese momento? ¿Un tumor ajeno a la madre, o un animalito no registrado como tal en ningún texto de zoología? La verdad es que el feto es un ser humano en gestación desde el momento mismo de la concepción y no vale la pena buscar explicaciones retoricas para justificar su asesinato en cualquier etapa de la gestación.
Lee también... Cuenta Pública 2024: avanzar y no retroceder Miércoles 12 Junio, 2024 | 06:10La ultima y cruda verdad es que ese asesinato se realiza porque ese indefenso ser humano en gestación es peligroso o incómodo para algunos. Así las cosas, si un gobierno propone la legalización en determinadas condiciones del aborto y de la eutanasia, debería ser capaz, a pecho descubierto, de reconocer que está reponiendo la pena de muerte si es........
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