El proyecto "antiencapuchados": un paso atrás en la legislación penal
Esta semana, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que modifica el Código Penal para tipificar como delito el uso de capuchas, pañuelos o máscaras que oculten el rostro en reuniones de lugares públicos, así como para establecer una agravante cuando dicho ocultamiento facilite la comisión de otros delitos. La iniciativa, a primera vista, parece una respuesta razonable a la violencia en las manifestaciones. Sin embargo, representa un preocupante retroceso en materia de garantías penales y refleja una peligrosa obsesión con la protesta social.
Este proyecto es un ejemplo paradigmático de cómo no se debe legislar. Su versión original era manifiestamente desproporcionada: pretendía sancionar el mero ocultamiento del rostro en reuniones en lugares públicos, incluso cuando no existiera comisión de delito alguno.
Bajo esa lógica, usar una mascarilla por razones sanitarias, una máscara en Halloween o cubrirse el rostro para protegerse de gases lacrimógenos durante una manifestación pacífica, bastarían para configurar un ilícito penal. El mero hecho de ocultar el rostro, sin más, se convertía en objeto de persecución penal.
La obsesión de los autores de este proyecto con la revuelta social, les impide ver que no toda capucha es una amenaza. Lo que buscaban era identificar a los manifestantes, incluso cuando no hubieran cometido ilícito alguno, transformando una conducta completamente lícita en objeto de........
