Controladores sociales: Los guardianes de lo colectivo

La más importante de las innovaciones contenidas en la Constitución de 1999 fue la inclusión del principio y del derecho a la participación de las personas en los asuntos públicos, materializados en dos ámbitos diferenciados: por una parte, la participación política de las y los ciudadanos, concebida como un derecho político que se otorga a los ciudadanos, quienes además tienen el deber de participar solidariamente en la vida política del país; y, por la otra, la participación individual y comunitaria en los asuntos públicos, concebida como un derecho de toda persona individualmente considerada o como derecho colectivo, concebido incluso como un deber general de participar solidariamente en la vida civil y comunitaria del país (art. 132 CRBV).

He allí el corazón de una nueva Venezuela revolucionaria, donde la participación protagónica se expresa en cada barrio y urbanización, en cada comunidad rural, campesina e indígena. Allí late un deseo común: construir un país más justo, donde los recursos públicos sean manejados con transparencia y donde la voz del pueblo sea escuchada y tomada en cuenta.

Este 9 de abril se cumplen 20 años de la promulgación de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, creada para construir una sociedad de equidad y justicia social, permitiendo a las comunidades organizadas manejar recursos financieros para proyectos locales. Las y los ciudadanos organizados en unidades de Contraloría Social en los Consejos Comunales de toda Venezuela han sido el instrumento del pueblo: un derecho y un deber consagrados para vigilar que lo que es de todos se administre para el bien de todos. Sus fundamentos son el derecho que tenemos todas y todos a participar, con sujeción a la ciudadanía, con derechos políticos reservados exclusivamente a los venezolanos que posean la cualidad de ciudadanos patrióticos (no inhabilitados y con la edad legal requerida). La libertad debe ser un ejercicio soberano sin más limitaciones que el derecho ajeno y el orden público. Con la premisa suprema de la defensa del Poder Popular y la honorabilidad de vivir en una patria libre, soberana y antiimperialista.

Han sido años de muchos logros, pero también de reveses.

La historia dio un giro crucial en diciembre de 2010, cuando el Comandante Chávez promulgó la Ley Orgánica de Contraloría Social, cuyo objetivo es facultar a la ciudadanía y al Poder Popular para vigilar, evaluar y controlar la gestión pública y comunal, debido a las múltiples irregularidades que habían incurrido en los manejos de los fondos públicos. El 8 de junio de 2023, el presidente Nicolás Maduro promulgó la reforma de esta ley. Esta actualización se realizó para fortalecer el papel de las comunas y los consejos comunales en el control de los recursos y la gestión pública. La reforma no solo actualizó un marco legal: fue como encender una luz más potente en el camino de la participación popular.

Las disposiciones de esta ley son aplicables a los órganos y entes del Poder Público, a las organizaciones e instancias del Poder Popular y a las personas del sector privado que realicen actividades con incidencia en los derechos o intereses colectivos, sin más limitaciones que las establecidas para asegurar la preservación de la seguridad interior y exterior, la investigación criminal, la intimidad de la vida privada, el honor, la confidencialidad y la reputación.

Su artículo más transformador fue aquel que facultó al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales a impulsar, organizar y fortalecer los Consejos de Contraloría Social a nivel nacional. El nuevo capítulo III creó el Sistema Nacional de Contraloría Social. Conforme a lo previsto en dichas normas, el Sistema Nacional de Contraloría Social es "la integración sinérgica de los órganos y entes del Poder Público con competencia en materia de contraloría social en cogestión con las organizaciones e instancias del Poder Popular", el cual estará integrado por:

El Consejo de Contraloría Social en todos sus niveles Se crea como instancia de coordinación y articulación entre las distintas organizaciones e instancias del Poder Popular para el ejercicio de las funciones de prevención, vigilancia, supervisión, evaluación, control y seguimiento de los planes, programas y proyectos que se deriven de la gestión pública y popular, así como de las actividades del sector privado que puedan afectar derechos o intereses colectivos. Está integrado por los siguientes niveles:

El Consejo de Contraloría Social en todos sus niveles Se crea como instancia de coordinación y articulación entre las distintas organizaciones e instancias del Poder Popular para el ejercicio de las funciones de prevención, vigilancia, supervisión, evaluación, control y seguimiento de los planes, programas y proyectos que se deriven de la gestión pública y popular, así como de las actividades del sector privado que puedan afectar derechos o intereses colectivos. Está integrado por los siguientes niveles:

Consejo Nacional de Contraloría Social

Consejo Nacional de Contraloría Social

Consejo Estadal de Contraloría Social

Consejo Estadal de Contraloría Social

Consejo Municipal de Contraloría Social

Consejo Municipal de Contraloría Social

Consejo de Contraloría Comunal

Consejo de Contraloría Comunal

Esta instancia es la encargada de la prevención, vigilancia, supervisión, evaluación, control y seguimiento de los planes, programas y proyectos que se deriven de la gestión pública y popular, así como de las actividades del sector privado que puedan afectar derechos o intereses colectivos en el ámbito geográfico de la comuna.

Doña Ana: EL ROSTRO DE LA REVOLUCIÓN

En una comunidad de San Félix, en el Consejo Comunal "Chávez Vive", vive Doña Ana, una ama de casa que, junto a sus vecinos a través de la unidad de Contraloría Social, siempre ha vigilado el buen funcionamiento de su Consejo Comunal. Pero ahora, con el impulso del Ministerio de las Comunas, su consejo comunal se conforma como la Comuna Chávez Nuestro y se crea el Consejo de Contraloría Comunal, integrado por voceros principales de las unidades de Contraloría Social de cada uno de los consejos comunales que integran la comuna, todas y todos acreditados y formalmente reconocidos. Reciben capacitación, tienen lineamientos claros y, lo más importante, establecen un puente directo con las instituciones. Ya no son solo vecinos quejosos: son actores clave con herramientas y respaldo.

LA CRISIS DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

La democracia participativa y protagónica en Venezuela vive un momento de definiciones críticas. Las Consultas Nacionales de Proyectos han devuelto el poder de decisión al territorio, pero este avance corre el riesgo de ser erosionado por una práctica que se ha vuelto alarmantemente común: la postulación de proyectos sin factibilidad técnica y la omisión sistemática de la rendición de cuentas. De acuerdo con la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, la gestión de recursos no es un cheque en blanco para grupos particulares, sino un mandato sagrado de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Sin embargo, estamos presenciando un ciclo vicioso donde proyectos mal formulados —muchas veces inviables desde su concepción— terminan en una gestión deficiente que, en el peor de los casos, deriva en focos de corrupción.

La factibilidad de los proyectos no es mero trámite: es la garantía de la moral revolucionaria. El primer nudo crítico es la ligereza en la postulación sin un diagnóstico comunitario. Proponer una obra sin evaluar su impacto real, sus costos actualizados o sus requerimientos técnicos es condenar el recurso público al fracaso. Cuando un proyecto "nace muerto" por falta de factibilidad, se abre la puerta a la improvisación y al desvío de fondos.

La ley es clara: el ciclo comunal requiere diagnóstico y planificación. Ignorar esto es violentar el espíritu del autogobierno y cometer un atentado contra la normativa que rige la organización y buen funcionamiento de los consejos comunales.

El Escudo Revolucionario es la activación de un órgano contralor que articule las unidades de Contraloría Social de los consejos comunales a nivel comunal, con un órgano de seguimiento y control centralizado nacional: el Consejo Nacional de Contraloría Social. Ante una problemática tan aguda, cuando grupos que no han rendido cuentas ante sus comunidades postulan nuevamente ideas en las subsiguientes consultas nacionales, se produce una violación directa a la normativa legal vigente.

La rendición de cuentas no es un acto de cortesía: es un deber jurídico y moral.

Es aquí donde la reforma de la Ley de Contraloría Social adquiere una relevancia vital. No podemos permitir que el control social sea una figura decorativa. El Ministerio de las Comunas tiene hoy la facultad —y la responsabilidad histórica— de impulsar los Consejos de Contraloría Social como órgano auxiliar de los poderes públicos y judiciales, que pondrán freno a estas irregularidades.

"No puede haber un nuevo proyecto si no hay una rendición de cuentas clara del anterior. La confianza comunitaria es el único capital que no se puede devaluar."

UNA NUEVA ÉTICA COMUNAL Y REVOLUCIONARIA

Hay que crear una nueva ética comunal y revolucionaria para que el sistema comunal sea sostenible. La Contraloría Social organizada a nivel nacional debe actuar con rigor. Es imperativo que:

 Se bloquee la postulación de voceros o grupos que mantengan cuentas pendientes de rendición ante la Asamblea. De acuerdo con la Ley de los Consejos Comunales, son causales de revocatoria la malversación o falta de transparencia, y la falta de rendición de cuentas sobre los recursos financieros gestionados. Deben aplicarse sanciones sobre la responsabilidad civil, administrativa y penal de las y los voceros de la unidad administrativa y financiera encargada de manejar fondos.

 Se bloquee la postulación de voceros o grupos que mantengan cuentas pendientes de rendición ante la Asamblea. De acuerdo con la Ley de los Consejos Comunales, son causales de revocatoria la malversación o falta de transparencia, y la falta de rendición de cuentas sobre los recursos financieros gestionados. Deben aplicarse sanciones sobre la responsabilidad civil, administrativa y penal de las y los voceros de la unidad administrativa y financiera encargada de manejar fondos.

 Se exija rigor técnico en la presentación de perfiles de proyecto, evitando que el entusiasmo político eclipse la viabilidad técnica.

 Se exija rigor técnico en la presentación de perfiles de proyecto, evitando que el entusiasmo político eclipse la viabilidad técnica.

 Se fortalezca el seguimiento en tiempo real de los recursos otorgados por el Estado, y se establezca la obligación de presentar informes de gestión mensuales ante la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, no solo al final del proyecto.

 Se fortalezca el seguimiento en tiempo real de los recursos otorgados por el Estado, y se establezca la obligación de presentar informes de gestión mensuales ante la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, no solo al final del proyecto.

Hay que luchar contra el vicio de la improvisación en las postulaciones de proyectos en los consejos comunales, comunas y circuitos comunales. La democracia participativa vive un momento de definiciones críticas. Las Consultas Nacionales de Proyectos han devuelto el poder al territorio, pero ¡cuidado!: ese avance no puede ser saboteado por el “cumplimiento” de las y los funcionarios públicos que, con simplezas y ligereza técnica, hacen seguimiento y control en la ejecución de los proyectos en las comunidades. Postular proyectos sin factibilidad, sin diagnóstico real o sin rendición de cuentas es traición a la Revolución. La gestión de recursos no es un cheque en blanco; es una responsabilidad ante la Asamblea de Ciudadanos. Un proyecto "nace muerto" por falta de seguimiento y control en la planificación, y es una puerta abierta al desvío de fondos y corrupción administrativa. ¡La factibilidad no es un trámite, es la Garantía de la Moral Revolucionaria!

Desde el Movimiento Nacional de Contralores Sociales, hacemos un llamado urgente al Ministro Ángel Prado. La Revolución no puede esperar por ritmos de oficinas burocratizadas, que paralizan cuando el pueblo está en la calle batallando. Por ello, desde las bases, hacemos un llamado firme y patriótico al ciudadano Ministro del Poder Popular para las Comunas, Ángel Prado. Es impostergable la promulgación del Reglamento de la Ley de Contraloría Social. Sin reglamento, la ley es una espada sin filo; necesitamos la norma que operativice cada artículo y cierre las brechas a la interpretación ambigua.

Ministro, la militancia exige la conformación inmediata del Consejo Nacional de Contraloría Social. No es una petición administrativa, es una necesidad estratégica para consolidar el Sistema Nacional de Contraloría. Necesitamos ese órgano centralizado que articule, proteja y potencie a las y los voceros de todo el país.

El poder comunal es la esperanza de un nuevo modelo de gestión, pero esa esperanza solo se mantendrá viva si la transparencia es el eje que atraviesa cada bloque colocado y cada Bolívar invertido. Sin control social, la participación se convierte en complicidad. Es hora de que la ley pase del papel a la vigilancia activa en cada calle de nuestro país.

Defender el Poder Popular es defender la Patria libre, soberana y antiimperialista. Con la ética de Chávez como brújula y el control popular como arma, seguiremos venciendo.

¡Contraloría Social activa, patria soberana garantizada!

Libertad Inmediata para el Presidente Nicolás Maduro y Cilia Flores, secuestrados por el imperio de los EE.UU., que el 3 de enero asesinó a más de 180 compatriotas y profanó la patria de nuestros libertadores. 

Honor y Gloria a los Caídos. ¡Viva la Patria de Bolívar y Chávez!

¡Comuna o Nada! ¡Venceremos!

MOVIMIENTO NACIONAL DE CONTRALORES SOCIALES EN ACCIÓN.


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