Las razones de Victoriano Lorenzo |
Entre 1821 y la década de 1850, el estado colombiano dictó innumerables leyes y decretos que reglamentaban la imposición de contribuciones. Muñoz Pinzón lista más de media docena de leyes expedidas sobre el tema de los impuestos que se aplicaron el Istmo, entre ellas: "el impuesto a la sed" (a los aguateros), al papel sellado, correos, sobre tonelaje de carga en barcos, registros documentales e hipotecarios, al comercio, a la actividad pecuaria (cinco centavos anuales por cada res y un peso por cada res consumida, 50 centavos por cada cerdo u oveja, ley de 17/10/1855), las salinas, "remate de paso" (por los ríos Santa María y La Villa), etc.[i]
Las cuantiosas cargas fiscales del imperio colonial español ya habían sido motivo de descontento durante el siglo XVIII en muchos lugares de América convirtiéndose en un aliciente de los movimientos independentistas. En el período colonial el impuesto que principalmente pesaba sobre las personas era el diezmo, literalmente se pagaba el 10% de los ingresos anuales. Originalmente, al inicio de la Edad Media europea, fue un impuesto que cobraba la Iglesia católica, pero en el siglo XVIII pasó a ser administrado por funcionarios de la Corona.
Durante los primeros años de la Independencia lo siguieron cobrando funcionarios del Estado, que eran los mismos terratenientes[ii], aunque cabe preguntarse respecto a la eficacia de este cobro y qué porcentaje de la población realmente lo pagaba, especialmente en los campos. En un intento de modernización de las cargas fiscales fue sustituido el diezmo por dos son las contribuciones que pesaron más contra los campesinos: la contribución directa (1821) y la contribución personal de indígenas (1825).
La contribución directa consistía en el pago de 20 pesos anuales por persona, pagadero en efectivo o con trabajo (equivalente a 7 días por año), aplicable a los vecinos varones del municipio, con una lista confeccionada por las autoridades locales. El hecho de que, a mitad del siglo XIX, este impuesto constituía el principal ingreso de las administraciones provinciales se prestó para abusos por parte de los recaudadores locales, los regidores y los alcaldes quienes además tenían la potestad de imponer multas adicionales, que aumentaron el descontento, principalmente en la península de Azuero.
El otro aspecto que contribuyó a la cruenta guerra civil que fue creciendo a lo largo del siglo XIX, que adquiriría una dimensión particular en la Guerra de los Mil Días en el campo panameño, fue el robo de tierras de los resguardos y tierras particulares de indígenas por parte de los terratenientes, así como los abusos reiterados de las autoridades locales para imponer la contribución personal indígena, consistente en una serie de trabajos forzosos para beneficio municipal o de los hacendados.
Mario Molina Castillo explica que: "Luego de la Independencia de Panamá de España en 1821, se mantuvo un sistema colonial en las tierras de producción de los pueblos indígenas como Bugaba, Boquerón, San Pablo, Dolega, Gualaca, a los que se llamaba "El Común"; terrenos cultivados de maíz y plátano por las comunidades reducidas, desde el siglo XVIII."[iii] Durante la segunda mitad del siglo XIX empezó el sistemático proceso de desalojo de estas comunidades indígenas y de despojo de sus tierras comunes a manos de los terratenientes ganaderos, según Molina. Ese proceso que muy bien describe Molina para Chiriquí se repitió a lo largo del Istmo.
Este otro tipo de abusos tuvo su región de conflicto en lo que se conoce como Coclé, cuyas dimensiones llegaban hasta Capira, hoy en la provincia de Panamá Oeste. Como ya hemos consignado anteriormente, Coclé, y particularmente Penonomé, constituyó la primera región en que tuvo relativo éxito el proceso de sometimiento de la población indígena y de aculturización, atrayéndolos a asentarse en poblados indígenas cercanos a poblados españoles para que fueran mano de obra disponible a lo largo de los siglos XVI y XVII.
Pero también hemos visto que la ida al "interior" de los criollos panameños, a lo largo del siglo XVIII, tuvo en Penonomé uno de sus lugares de asentamiento, desplazando a la población indígena o "chola" hacia la cordillera. Este proceso de desplazamiento y expropiación de tierras ejidales y particulares continuará a lo largo del siglo XIX y derivará en la guerra campesino indígena liderada por Victoriano Lorenzo.
Antes de describir las pequeñas guerras campesinas que asolaron al sector agrario panameño, conviene tener presente que los conflictos de clase a lo largo de la centuria, a veces se presentaron directamente como luchas contra los impuestos y los abusos, como en Azuero en 1856; pero muchas veces se presentaron revestidos de un cariz político que lo encubría y del que algunos historiadores parecen no percatarse.
Por ejemplo, el valioso estudio de Armando Muñoz Pinzón, que hemos citado, demuestra que el grave conflicto de 1854, mediado incluso por asesinatos, que aparentemente es una disputa por el control de la Gobernación de la recién creada provincia de Azuero, entre las familias Goytía y Guardia, en realidad esconde un conflicto clasista entre latifundistas y minifundistas.
El sociólogo Milcíades Pinzón, realiza una interesante síntesis de la variedad de interpretaciones que a lo largo del tiempo han tenido los conflictos agrarios de la década de 1850 en aquella región: 1. Empieza con Juan B. Sosa, quien sólo visualiza un conflicto entre familias; 2. Para Rubén Carles O., se trató de un conflicto entre liberales y conservadores; 3. Es Hernán Porras el primero en percibir un conflicto de clase entre terratenientes y minifundistas; 4. Según Milcíades Pinzón el estudio de Armando Muñoz es un salto hacia la precisión pues incorpora el conflicto de clase en el sentido del descontento popular con los impuestos; 5. Finalmente, menciona la interpretación de Marco Gandásegui, para el cual el detonante de la crisis es la competencia por el mercado de la zona........