Entérese de quien es el buque petrolero incautado, y como el hegemón herido hace la ley y la trampa
Una forma rápida de investigar en la web es preguntarle a la IA. A continuación, el diálogo completo:
YO: El 10 de diciembre de 2025, los Estados Unidos incautaron un buque petrolero en el Caribe. ¿Quién es el propietario del buque?, ¿qué nacionalidad tienen los tripulantes? y ¿a quién pertenece el petróleo que transportaba?
LA IA: Se trata del buque petrolero Skipper (anteriormente conocido como Adisa o Toyo), un supertanquero de grandes dimensiones. El buque está registrado oficialmente bajo la empresa Triton Navigation Corp., con sede en las Islas Marshall, pero es gestionado por una compañía, Thomarose Global Ventures LTD, con sede en Nigeria. El Departamento del Tesoro de EE. UU. vincula la propiedad del buque a Viktor Sergiyovitch Artemov, un ciudadano ucraniano residente en Suiza, sancionado por liderar una "flota fantasma" que transporta petróleo para financiar a la Guardia Revolucionaria de Irán y a Hezbolá. Hasta el momento, las autoridades estadounidenses (el Departamento de Justicia y la Guardia Costera) no han revelado oficialmente las nacionalidades de los tripulantes. El petróleo contiene cerca de 2 millones de barriles de crudo pesado tipo Merey, vendido por la estatal venezolana PDVSA (Petróleos de Venezuela S.A.), donde casi la mitad pertenece a una importadora estatal de Cuba y la otra parte a una empresa china.
YO: Pero si la importadora cubana o los compradores chinos ya pagaron por el producto, se supone que son los propietarios.
LA IA: Esa es una observación fundamental que toca el núcleo del conflicto legal y comercial en este tipo de incautaciones. Bajo las normas comerciales internacionales estándar, si una importadora (como Cubametales) o un comprador (como un intermediario chino) ha pagado por el petróleo, se considera el propietario legal del cargamento. Sin embargo, la incautación por parte de Estados Unidos no se basa en el derecho comercial, sino en el derecho federal estadounidense relacionado con las sanciones y el decomiso civil (civil forfeiture). Estados Unidos considera que cualquier venta de petróleo venezolano o iraní que viole las sanciones impuestas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro constituye una transacción ilegal bajo la ley estadounidense. Las leyes de decomiso de EE. UU. permiten al gobierno confiscar activos que se demuestre que son instrumentos o productos de un delito. En este contexto, el barco (Skipper) fue un instrumento, ya que estaba sancionado, operaba bajo una bandera falsa y manipuló sus señales para evadir las sanciones impuestas por la OFAC. Aunque la incautación ocurrió en aguas internacionales, el argumento legal que alega EE. UU. es que tiene jurisdicción sobre las transacciones que violan sus leyes federales, especialmente aquellas relacionadas con el terrorismo o la financiación ilícita.
YO: ¿Qué se entiende por "falsa bandera", y cómo EE. UU. puede probar que efectivamente el buque portaba una falsa bandera?
LA IA: En el ámbito marítimo, el término "falsa bandera" (o bandera fraudulenta) no se refiere a una operación secreta de espionaje, sino a una forma de fraude de identidad y registro. Es una táctica para evadir sanciones de EE. UU. Un buque navega bajo "falsa bandera" cuando afirma estar registrado en un........





















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