Ley de Minas. Licencia para la Contaminación Gratuita

En ninguna parte del articulado de la Ley de Minas en discusión en la Asamblea Nacional se hace referencia a uno de los impactos ambientales más significativos: las emisiones de gases de efecto invernadero.

Partiendo de los parámetros reportados en actividades similares en otros países, la huella promedio industrial de CO2 es de 0,8 toneladas por onza de oro producida.

Venezuela dispone de una reserva de oro de 8.400 toneladas en la actualidad. Si tales recursos se explotan en 40 años, la producción anual promediaría las 210 toneladas de oro anuales. Las emisiones de CO2 se elevarían a 6 millones de toneladas anuales en promedio.

Para compensar esas emisiones anuales sería necesario plantar 13.000 hectáreas anuales de mezclas de árboles de especies nativas, para un total de 520.000 hectáreas en 40 años.

Esas plantaciones tendrían que ser establecidas, administradas, protegidas, monitoreadas, manejadas y certificadas durante al menos sus primeros 40 años de maduración, para garantizar la mitigación del CO2 involucrado.

El costo estimado rondaría los US$ 100 millones anuales, a precios actuales, US$ 4.000 millones en 40 años, a precios actuales.

En dólares corrientes, considerando una devaluación promedio de 2% interanual, el costo total se eleva a US$ 6.000 millones en 40 años.

Si se excluye esta dimensión del impacto ambiental de la explotación de oro en la ley correspondiente, Venezuela le estaría otorgando a las empresas involucradas una licencia para la contaminación gratuita de la atmósfera.

Gratuita para las empresas.

El inevitable costo sería transferido a la sociedad venezolana.

La ley de minas debe incluir un impuesto a las emisiones de CO2 por onza de oro extraída. Algo similar debe aplicarse a los demás minerales en consideración.

En concordancia con las propuestas del Banco Mundial, del Fondo Monetario Internacional y de la ONU sobre el costo social de las emisiones de CO2, se propone que la ley de minas de Venezuela incluya un impuesto de US$ 40 por tonelada de CO2 en el año 1, elevándose progresivamente a US$ 200 en el año 40.

El estado venezolano recolectaría 26.000 millones de dólares corrientes en 40 años por concepto de impuesto a las emisiones de CO2 de la minería de oro.

Si no se incluye un impuesto a las emisiones de CO2 en la minería industrial de oro, el gobierno de Venezuela le estaría regalando a las empresas minera más de 20.000 millones de dólares corrientes en los próximos 40 años, le estaría otorgando deliberada y conscientemente a las empresas mineras licencias para que contaminen libre y gratuitamente la atmósfera desde territorio venezolano, y le estaría imponiendo, consciente y deliberadamente, tanto el costo económico como el ambiental a la sociedad venezolana.


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