Deudas primero, ahorro después: cómo usar el aguinaldo con estrategia

Para gran parte de la población mexicana el aguinaldo no es un ingreso extra, sino un salvavidas financiero. Antes de que el primer peso toque la cuenta bancaria, ese dinero ya tiene diversos destinos: deudas acumuladas, pagos atrasados y las secuelas de un consumo que, a menudo, rebasa nuestras capacidades.

Posadas, cenas, intercambios, viajes, regalos y el clima emocional propio de diciembre transforman este derecho laboral en el combustible de un mes marcado por el gasto intensivo. Bajo este escenario, ¿cómo podemos aprovecharlo de manera estratégica para evitar que derive en un nuevo ciclo de endeudamiento?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas trabajadoras tienen derecho a recibir una cantidad de dinero equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre. Quienes no hayan cumplido un año de servicio, sin importar si se encuentran activos o no al momento del pago, deberán percibir la parte proporcional de esta prestación. Por ley, está prohibido pagarlo en especie, mediante mercancías, vales, fichas u otros mecanismos que pretendan sustituir la moneda en curso legal.

En México, cuatro de cada diez personas ocupadas reciben aguinaldo, siendo la informalidad la que explica parte de esta brecha, según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), con base en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) correspondiente al tercer trimestre de 2025. Cifras del portal de estadística en línea Statista coinciden con este dato, 42 % de los encuestados afirma haberlo recibido —según su página actualizada el 18 de diciembre.

Aunque en 2024 se presentó una iniciativa para incrementar esta remuneración a 30 días, todavía está pendiente su aprobación en el Congreso. En contraste, quienes laboran en el gobierno federal reciben el equivalente a 40 días. La discusión sobre ampliar esta prestación evidencia su importancia como estímulo económico, de acuerdo con un artículo de Gaceta UNAM.

La dispersión del aguinaldo siempre genera impuestos, a menos de que el pago sea inferior al equivalente de 30 unidades de medida y actualización (UMA), es decir, a 3,394.20 pesos.

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece el tratamiento fiscal del aguinaldo. De acuerdo con el artículo 93, el monto equivalente hasta 30 UMA se encuentra exento del pago de impuestos. Sin embargo, cuando esta prestación supera dicho límite el excedente sí está sujeto a gravamen, por lo que el aguinaldo solo genera ISR cuando rebasa ese umbral.

Para Carlos Alberto Martínez Castillo, doctor en Desarrollo Económico y exministro de Asuntos Económicos de la Embajada de México en Estados Unidos, la rapidez con la que se gasta el aguinaldo no es solo falta de disciplina; es una tormenta de factores culturales y la falta de inclusión financiera.

En el país, el calendario gregoriano y las festividades cristianas convergen un maratón de celebraciones conocido como “Guadalupe-Reyes”. Desde el 12 de diciembre hasta el 6 de enero las familias enfrentan una carga ininterrumpida de gastos. Esta “cultura consumista” ha transformado celebraciones sentimentales en un mes de dispendio que suele nublar el juicio financiero, dice el experto en........

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