La semana pasada inicié la descripción y análisis de la importancia de los “testigos electorales” para la elección presidencial del 28 de julio. Me concentraré ahora en la importancia de los “testigos electorales” y su papel el 28 de julio.
Son muchas las normas que afectan el proceso electoral, que se deben conocer y dominar; la semana pasada hice un resumen (ver: https://bit.ly/4dTnhxO), pero aquí se resaltan las más importantes, que se refieren a las funciones específicas de los “testigos electorales”, por actividades, de los días 26 al 28 de julio, y los puntos críticos a tomar en cuenta. Cuando cite alguna disposición legal, me referiré en primer término a la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Ley) o a su respectivo Reglamento (Reg.)
Contexto y actores principales.
Separemos los “Miembros de Mesa” de los “Testigos Electorales”; nuestro objetivo no son los Miembros de Mesa; si tenemos algunos o muchos, bien, pero nuestro objetivo son los “testigos electorales”, cuya acreditación comienza el 28 de junio y finaliza el 27 de julio.
Aspectos Básicos.
Los testigos son designados por los partidos que tienen candidatos, en nuestro caso la MUD, UNT y el MPV; pero en el proceso de escogencia participan también los demás partidos que apoyan al candidato y múltiples organizaciones de la sociedad civil, que es de donde sale una buena parte de esos testigos; hagamos un resumen de los aspectos básicos a tener en cuenta:
· Cada candidato tiene derecho a tener testigos −y los tiene y tendrá− ante los organismos electorales y en todas las fases del proceso, incluidas las auditorías, pero aquí nos vamos a referir solo a los “testigos electorales” en las Mesas de Votación.
· Los “testigos” no podrán ser coartados en sus tareas y funciones y podrán incorporar al acta final de la mesa todo lo que observen.
· El único requisito es ser elector y saber leer y escribir.
· Para la logística en el desempeño de su papel, se debe recordar que votarán en la mesa que les corresponde de acuerdo al Registro Electoral, que no será necesariamente la Mesa en la que serán “testigos”.
· Fundamentalmente, los “testigos” están para defender los intereses del candidato de las fallas e irregularidades que, en el proceso, especialmente el día 28 de julio, afecten esos intereses. Es decir, los “testigos” no están para cuidar el material electoral, ni para resolver los problemas del proceso, excepto −como ya dije−, aquellos que afecten al candidato.
· Su tarea se concreta a: 1) vigilar contra irregularidades, 2) obtener los resultados de la votación, 3) entregarlos rápidamente, mediante el mecanismo que se defina al respecto; y 4) defender esos resultados, tarea en la que no estará solo, pues es de todos.
· A diferencia de otros actores que participan en el proceso........