La posición del Gobierno Nacional en el proceso de elección de rector de la Universidad Nacional de Colombia fue la de respaldar los resultados de la consulta realizada a los estamentos de la institución.

Para comprender los resultados, es importante saber que actualmente la metodología para la escogencia de rector en esta institución no está reglada. Las normas internas consagran que esta se define en el desarrollo de la sesión convocada para tal fin, previa votación de la o las propuestas que hagan los consejeros presentes.

El Consejo Superior Universitario (CSU), llevado a cabo el 21 de marzo de 2024, tuvo tres momentos: el primero, la revisión y aprobación del orden del día; el segundo, la concertación sobre la metodología, la deliberación sobre las hojas de vida y las entrevistas de los candidatos; y el tercero fue la votación. La metodología sugerida por el Gobierno Nacional fue el voto público nominal por uno de los cinco candidatos que habían superado el proceso de consulta estamentaria, con las rondas que fueran necesarias hasta lograr una elección.

Con ocasión a las reglas del ‘quorum’, mayoría absoluta, la propuesta que hizo el Gobierno solo obtuvo tres votos, de los ocho que conforman este órgano directivo universitario. Mientras la metodología sugerida por otros miembros, concerniente al voto secreto con rondas eliminatorias de selección múltiple y la posterior ponderación del resultado, obtuvo cinco votos y fue conceptuada favorablemente por la Dirección Jurídica de la Universidad y escogida para desarrollar el proceso de designación del nuevo rector.

El Gobierno dejó constancia que se apartaba del concepto de la Dirección Jurídica de la Universidad, reiterando la necesidad de contar con un voto público y nominal que lograra contener los márgenes de legitimidad que requiere la gobernanza de la institución; dotara de mayor transparencia y publicidad la decisión; atendiera el principio de responsabilidad frente a los estamentos y sectores que cada uno de los miembros representa; fortaleciera la credibilidad y confianza del CSU frente a la comunidad universitaria; actuara en armonía con una verdadera democracia participativa, y promoviera la consolidación de un órgano de gobierno libre y abierto.

Agotada la metodología, luego de nueve horas de deliberación con cinco rondas de votación, en las cuales la intención y compromiso del Gobierno de respetar los resultados de la consulta siempre se mantuvo sólido e incólume, los resultados dieron como ganador al doctor José Ismael Peña.

Lo ocurrido y las voces de protesta del movimiento estudiantil y profesoral, así como de otros sectores de la sociedad, revelan que las Instituciones de Educación Superior (IES) deben sostener un diálogo interno y nacional sobre los mecanismos de designación de sus autoridades. Transformar el Sistema de Educación Superior de Colombia es fundamental para democratizar la toma de las decisiones. La invitación a todos los estamentos del ecosistema educativo es a que nos acompañen en esta recta final de construcción de la nueva Ley de Educación Superior, un proceso pendiente desde hace más de 30 años.

Hacemos un llamado a la estabilidad institucional de la universidad y a que este momento se constituya en un espacio de reflexión crítica sobre el modelo de gobernanza que requieren las IES, y que demanda una sociedad democrática, en donde se promuevan la educación de calidad y la pertinencia territorial como un derecho fundamental para que todas y todos los colombianos puedan vivir con dignidad, en condiciones de equidad y justicia social.

AURORA VERGARA FIGUEROA

Ph. D. Ministra de Educación Nacional

(Lea todas las columnas de Aurora Vergara en EL TIEMPO aquí)

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24.03.2024
La posición del Gobierno Nacional en el proceso de elección de rector de la Universidad Nacional de Colombia fue la de respaldar los resultados de la consulta realizada a los estamentos de la institución.

Para comprender los resultados, es importante saber que actualmente la metodología para la escogencia de rector en esta institución no está reglada. Las normas internas consagran que esta se define en el desarrollo de la sesión convocada para tal fin, previa votación de la o las propuestas que hagan los consejeros presentes.

El Consejo Superior Universitario (CSU), llevado a cabo el 21 de marzo de 2024, tuvo tres momentos: el primero, la revisión y aprobación del orden del día; el segundo, la concertación sobre la metodología, la deliberación sobre las hojas de vida y las entrevistas de los candidatos; y el tercero fue la votación. La metodología sugerida por el Gobierno Nacional fue el voto público nominal........

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