La Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, desarrolla para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido. La citada Orden establece una reducción del 5 por ciento (en lugar del 10% actual) sobre el rendimiento neto de módulos, la medida resulta aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva en el IRPF. Adicionalmente, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el incremento de determinados costes de producción, se establece para el período impositivo 2024 que el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35 por ciento del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15 por ciento del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades. Estas minoraciones ya se aplicaron en 2022 y 2023.

Son cerca de 600.000 trabajadores autónomos los que tributan por el método de estimación objetiva en el IRPF, este régimen de módulos disfrutó de una reducción del 15% en 2022 y de un 10% en 2023, para alentar el desarrollo de las actividades económicas tras la crisis. Una reducción que se ha minorado hasta el 5% en el próximo ejercicio 2024, restableciéndose esta reducción establecida en 2009 en virtud de los acuerdos en la Mesa del Trabajo Autónomo. Esta reducción del 10% en este año 2023 ha beneficiado a cerca de 580.000 autónomos, lo que ha supuesto un ahorro de 120 millones de euros.

Un sistema de módulos que se ha prorrogado un año más, en este caso respecto del ejercicio 2024, aunque se piensa ya en su sustitución por otro sistema en donde se tribute por los rendimientos efectivamente obtenidos en el IRPF y su compatibilidad con el régimen de franquicia en el IVA, lo que permitirá a los profesionales con un nivel de facturación reducido no repercutir este impuesto indirecto.

Unas medidas fiscales que deberían haber tenido en cuenta la “sangría de autónomos” en Segovia en los sectores del comercio, industria y agricultura, dado que el número de autónomos se cifró en 2009 en 15.788 autónomos, una cifra que se redujo a 14.064 autónomos en octubre de 2023. Es decir, 1.724 trabajadores autónomos menos este año 2023 que en 2009. Un régimen especial de trabajadores autónomos que representa el 20,7% del total 67.866 de trabajadores en alta en la Seguridad Social en Segovia. Un sector del trabajo autónomo que destaca en los sectores agropecuario con cerca de 3.100 trabajadores autónomos, comercio con 2.600, construcción con 2.100, hostelería con 1.450, y otros profesionales con 845, a parte del sector del transporte y otros servicios con 680 trabajadores cada uno en nuestra provincia. Sin embargo, son varios los centenares de trabajadores autónomos que han causado baja en este período 2009-2023 en el sector agropecuario y en el comercio. Un nuevo endurecimiento de la presión fiscal para el trabajador autónomo podría afectar a la economía segoviana y de nuestra Comunidad en definitiva, dado que el 96,2% de las empresas son microempresas y el 99,91% pymes en Castilla y León. En efecto, en 2022 había 157.730 empresas, la inmensa mayoría con 87.743 empresas no tienen asalariados y 69.955 empresas entre 1 y 9 trabajadores. Una situación que debe tenerse en cuenta en la planificación de las medidas tributarias que se adopten.

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Un nuevo ajuste a los autónomos con los módulos del IRPF

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31.12.2023

La Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, desarrolla para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido. La citada Orden establece una reducción del 5 por ciento (en lugar del 10% actual) sobre el rendimiento neto de módulos, la medida resulta aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva en el IRPF. Adicionalmente, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el incremento de determinados costes de producción, se establece para el período impositivo 2024 que el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35 por ciento del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15 por ciento del precio de adquisición........

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