Un Estado Constitucional brinda a los ciudadanos las garantías para ejercer plenamente sus derechos y libertades; sin embargo, lo ocurrido recientemente en el Ecuador nos llama a reflexionar respecto al avance del narcoterrorismo en la región. Los jefes de Estado tienen la atribución para decretar los regímenes de excepción ante cualquier circunstancia, interna o externa, que ponga en riesgo la seguridad ciudadana. La consecuencia de estas medidas es la restricción temporal del ejercicio de los derechos, en aras de proteger a los ciudadanos cuando las circunstancias no permiten su plena garantía.

El problema con las bandas internacionales y los grupos terroristas que ejercen violencia continua, organizada y sistemática, son las medidas estatales complementarias para brindar la mayor seguridad posible a los ciudadanos. La conocida frase “a más seguridad menos libertad” es una paradoja inevitable para un Estado Constitucional, decretar la restricción para el ejercicio de los derechos de libre tránsito, reunión, asociación e inviolabilidad de domicilio. Por eso, se trata de regímenes que no deben prolongarse en el tiempo, su duración es temporal para evitar normalizar un estado de medidas que sería un régimen inconstitucional.

La reacción institucional del Ecuador es digna de resaltar. El apoyo congresal al jefe de Estado para combatir al crimen organizado que ha desatado terror y caos. No actuaron como espectadores, ni sumar réditos políticos con su oposición. El anuncio para brindar garantías a sus fuerzas armadas y policías que actuarán en defensa de la seguridad ciudadana, es ejemplo de unidad estatal cuando se trata de preservar la democracia.

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La ejemplar unidad estatal por Carlos Hakansson (OPINIÓN)

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11.01.2024

Un Estado Constitucional brinda a los ciudadanos las garantías para ejercer plenamente sus derechos y libertades; sin embargo, lo ocurrido recientemente en el Ecuador nos llama a reflexionar respecto al avance del narcoterrorismo en la región. Los jefes de Estado tienen la atribución para decretar los regímenes de excepción ante cualquier circunstancia, interna o externa, que ponga en riesgo la seguridad ciudadana. La........

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